Cada vez está más de moda la accesibilidad. La población envejece y queremos tener una calidad de vida lo más placentera y cómoda posible, a pesar de nuestras limitaciones. Por tanto, el hecho de vivir en edificios sin ascensor se hace cada vez más extraño.
Es un hecho cierto que la mayoría de edificios de nuestras ciudades construidos hasta los años sesenta del pasado siglo no tenían ascensor. A partir de esa fecha casi todos los edificios altos lo tienen, pero sin embargo todavía arrastran el problema de que el embarque de dicho ascensor se produce unos cuantos peldaños más arriba que la cota de la calle. Por fin, bien entrado el siglo XXI y gracias a la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación, hemos conseguido por fin que los edificios nuevos sean accesibles al 100%. Pero, ¿qué pasa con los edificios existentes?
Instalación obligatoria de ascensor
Como se ha hablado anteriormente en otros artículos, desde la modificación en 2013 de la Ley de Propiedad Horizontal, es obligatoria la instalación de un ascensor si un usuario del edificio, discapacitado o mayor de 70 años, lo requiere. Eso sí, siempre que la instalación de dicho ascensor sea técnica y económicamente viable. Hay que matizar que para que la instalación de un ascensor se considere viable, debe situarse en una zona a la que se pueda llegar de manera accesible desde la calle, es decir, sin escalones intermedios. Por tanto, hay que elegir un hueco de ascensor al que se pueda llegar de esta manera.
¿Cuál es el hueco mínimo para instalar un ascensor?
Esta es la clave principal a la hora de instalar un ascensor. En primer lugar hemos de conocer las medidas estándar para la colocación de un ascensor accesible, que son las que recoge el Código Técnico de la Edificación en su documento DB SUA. Según este, las dimensiones mínimas de la cabina serán de 1,00 m x 1,25 m en el mejor de los casos, con ascensores de una sola puerta o puertas enfrentadas y en edificios de menos de 1000 m². Estas son las dimensiones de la cabina, por lo que para saber las dimensiones del hueco habría que sumarle, como mínimo, 5 cm a cada lado, lo que nos dejaría un hueco mínimo de 1,10 m x 1,35 m.
En edificios existentes, si no fuera posible la colocación de un ascensor con las medidas anteriores, podremos situar uno un poco menor que, aún así pueda servir para ser utilizado por usuarios en silla de ruedas. En este caso, debemos recurrir a otro documento del Código Técnico de la Edificación, el DA DB-SUA /2, el cual se encarga de establecer las medidas mínimas de accesibilidad para adecuar los edificios existentes a unas mínimas condiciones de accesibilidad. En este caso, se considera que el ascensor mínimo que puede ser utilizado por usuarios en silla de ruedas es de 0,90 m x 1,20 m, que se podría adaptar a un hueco mínimo de 1,00 m x 1,30 m.
Probablemente, estas dimensiones sean completamente inviables para muchos edificios existentes. Por lo tanto, habrá que instalar el ascensor en el hueco disponible o más factible con las dimensiones mínimas posibles. Aunque no puedan ser utilizados por usuarios en sillas de ruedas, al menos sí que podrían servir para usuarios mayores o con movilidad reducida. El ancho mínimo del hueco dependerá de cada casa comercial, pero se considera que no es viable la colocación de un ascensor en un hueco inferior a los 70 cm. En este caso, el fondo deberá ser un poco mayor, de 1 metro mínimo de profundidad. En este hueco cabrá un ascensor con una cabina de 0,60 m x 0,90 m, que será válido para una o dos personas como mucho. Por tanto, podemos considerar el hueco mínimo para la instalación de un ascensor de 0,70 m x 1,00 m.
¿Dónde podremos situar el ascensor?
Encontrar un hueco válido para situar un ascensor no es sencillo. Podemos establecer los siguientes casos:
- En el hueco de la escalera: Esta es una de las situaciones ideales. Si la escalera tiene un hueco en su interior, esta es siempre la primera opción. Si el hueco no es lo suficientemente grande, siempre podremos recortarle una franja a las escaleras, pero hemos de tener en cuenta que el ancho mínimo que debemos dejar en cada tramo de escalera ha de ser de, por lo menos, 80 cm.
Otra condicionante que tenemos que tener en cuenta es que el ascensor debe desembarcar en la meseta que da acceso a las entradas de las viviendas. Es decir, no puede desembarcar en el medio del tramo de escaleras ni en un descansillo intermedio.
También es muy aconsejable que el embarque del ascensor en el portal se realice a la cota de la calle. De no ser posible, siempre se pueden comunicar el ascensor y la calle mediante otros sistemas, que serían, por orden de preferencia: una rampa accesible, un elevador, una plataforma salvaescaleras o una silla salvaescaleras.
- En un patio interior: Esta situación también es muy interesante, pues no invadimos la superficie construida, por lo que la obra será más sencilla. Normalmente, en estos patios acometen ventanas que iluminan y ventilan el interior de las viviendas, por lo que tenemos que tener una holgura suficiente como para no impedir esta ventilación.
Como en el caso anterior, el ascensor debe estar conectado con la meseta de acceso a las viviendas, no con descansillos intermedios. En caso de no ser así, se puede conectar el ascensor con el rellano a través de la habitación de alguna de las viviendas, reduciendo, eso sí, la superficie de estas.
Otro de los problemas de esta solución es la imposibilidad de que este ascensor llegue a la planta baja, pues muchas veces los patios arrancan directamente de la planta primera. En este caso, habría que analizar de quién es el espacio bajo el patio y si lo puede ceder o no.
- En la fachada: En el caso de que el espacio alrededor del edificio pertenezca a la propia parcela, esta sería una buena solución, pues podríamos acceder al ascensor directamente a la cota de la calle, a través, si es posible, de un vestíbulo previo. Si el ascensor se tuviese que colocar sobre suelo público, sería más complicado, pues exigiría una autorización especial del ayuntamiento, en función de si queda suficiente espacio de acera o de calzada para el buen funcionamiento de la calle o plaza en la que se sitúe.
- En zonas interiores: Esta situación es la más desfavorable, aunque muchas veces la única posible. Consiste en situar el ascensor en el espacio interior de alguna de las viviendas. Los inconvenientes que tiene son, por un lado, que el alcance de la obra es mayor, pues hay que abrir nuevos huecos en los forjados existentes, demoler tabiques y cerramientos y volverlos a construir en otro lado. También está, por supuesto, la pérdida de superficie de las viviendas afectadas.
¿Que otras consideraciones tenemos que tener en cuenta a la hora de instalar un ascensor?
Además del propio tamaño del hueco del ascensor, en cualquiera de los casos hemos de tener en cuenta los siguientes factores:
- El foso del ascensor: El mínimo foso de ascensor es de 1,00 m. Esto es un impedimento cuando debajo del hueco del ascensor que queremos instalar hay un sótano, que normalmente se corresponde a un garaje, pues estos suelen tener la altura libre muy ajustada. En el mejor de los casos, eliminaríamos una plaza de aparcamiento, pero en el peor podría ser inviable su colocación.
- El cuarto de máquinas: En general, los ascensores tradicionales llevan la maquinaria encima de la última planta. Si la última planta es muy alta, al menos 3,50 m de altura libra, puede caber dentro de la propia planta. Si existe una planta bajo cubierta, la maquinaria se puede situar en esta planta, aunque habría que recortar un trozo de forjado para prolongar el hueco del ascensor. En caso de que la maquinaria tuviera que sobresalir del edificio, se podría construir un torreón por encima de la cubierta, siempre que lo permita el planeamiento correspondiente.
También existen ascensores sin cuarto de máquinas o que necesitan un espacio muy reducido, por lo que habrá que valorar, en cada caso, las necesidades que tenemos.
¿Cuáles son las medidas necesarias para cada tipo de ascensor?
· Medidas para ascensor de 4 personas: Para que quepan 4 personas se considera que es necesario un espacio de 0,90 m², por lo que las medidas estándar serían de 0,90 m x 1,00 m.
· Medidas para ascensor de 2 personas: Para que quepan 2 personas se considera que es necesario un espacio de 0,60 m², por lo que las medidas estándar serían de 0,60 m x 1,00 m.
Hay que tener en cuenta que los ascensores pequeños pueden producir situaciones incómodas entre desconocidos, además de no ser aptos para gente con claustrofobia.
¿Cuáles son las medidas del ascensor más pequeño posible?
En el mercado existen ascensores aún más pequeños que los que hemos citado anteriormente. Existen ascensores para una sola persona que pueden ser válidos, en un momento dado, para viviendas unifamiliares. Estas medidas rondarán los 0,60 m x 0,60 m, por lo que necesitarán un hueco de 0,70 m x 0,70 m.
En definitiva, el hueco mínimo para poner un ascensor variará dependiendo de la finalidad, pero simplificando mucho deberá ser de 1,00 m x 1,30 m si queremos que entre un usuario en silla de ruedas o de 0,70 m x 1,00 m si nos llega con que entren dos personas de pie.
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